Pasos para solicitud de incapacidad permanente
Es importante tener en cuenta los pasos a seguir para la solicitud de Incapacidad Permanente si tu capacidad laboral se ve afectada por una enfermedad o lesión. Si te encuentras en esta situación, la incapacidad permanente es un beneficio en forma de prestación económica por parte de la Seguridad Social al que puedes acceder.
La capacidad laboral del trabajador se puede ver afectada de manera que quede reducida o anulada de manera definitiva dependiendo de si el motivo es una enfermedad o una lesión de larga duración. Influyen también, variantes de la lesión, enfermedad u origen del accidente, como si es de trabajo o profesional, si la enfermedad es común o laboral, entre otros.
Por ello, los dos requisitos esenciales para poder obtener cualquier grado de incapacidad permanente son que nos encontremos limitados para nuestro trabajo (o para todo trabajo), de forma permanente. Adicionalmente es necesario haber agotado todas las posibilidades de curación (siguiendo las instrucciones del médico especialista)
Pasos para solicitar la incapacidad permanente
Es importante conocer todo lo relativo a la Incapacidad Permanente y los pasos a seguir para su solicitud y resolución final. Como siempre, es fundamental consultar a expertos en el sector que guíen al trabajador durante todo el proceso.
La solicitud de la incapacidad permanente es un proceso administrativo riguroso cuyos pasos son los siguientes:
1.Reunir la documentación necesaria
Antes de iniciar la solicitud, es fundamental recopilar toda la documentación requerida. Entre los documentos que deberás presentar se encuentran:
- DNI del solicitante, y en caso de tenerlo, del representante legal.
- Si el solicitante necesita representación legal, tiene tutor asignado o es menor de edad en situación de emancipación, deberán presentarse los documentos que acrediten cualquiera de estas situaciones.
- Historial clínico que acredite tus limitaciones laborales (informes médicos)
- En caso de enfermedad común y accidente no laboral, los autónomos tendrán que presentar el justificante de pago de las cotizaciones de la duración de la incapacidad.
2. Cumplimentar el formulario de solicitud
Una vez que hayas reunido toda la documentación necesaria, deberás completar el formulario oficial de solicitud, disponible en la Seguridad Social. Junto con este formulario, se deben adjuntar el resto de documentos requeridos para la solicitud.
Asimismo, es importante prestar atención al formulario para no omitir ningún tipo de información que pueda dificultar o impedir el proceso. Recurrir a expertos y a su asesoramiento puede facilitar que el procedimiento se haga correctamente de principio a fin.
3. Presentar la solicitud
Una vez que hayas reunido todos los documentos y completado el formulario de solicitud, deberás presentarlos en cualquier centro de atención e información del INSS, previa solicitud de cita. También tienes la opción de presentar la solicitud a través de Internet si dispones de certificado digital, así no será necesario desplazarse hasta la sede.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la incapacidad permanente?
Antes de solicitar la incapacidad permanente, es fundamental conocer los requisitos legales que deben cumplirse. Ten en cuenta que hay cuatro tipos de grados de incapacidad, absoluta, total, parcial o permanente y los requisitos van a variar en función del grado que vaya a solicitar el trabajador.
Existen dos grandes requisitos. En primer lugar la cotización (dependiendo del grado será diferente) y la acreditación de nuestras limitaciones, que deberán ser definitivas (informes médicos)
Aquí para requisitos de cotización
Después de presentar la solicitud, ¿qué pasa?
Una vez presentada la solicitud de incapacidad permanente, se inicia la fase de valoración por parte del INSS (concretamente por parte del EVI; Equipo de Valoración de Incapacidades). Durante esta etapa, el INSS puede solicitar, de manera adicional a los documentos ya aportados, otra documentación y pruebas médicas para respaldar la solicitud.
Una vez lo anterior, el EVI (INSS) procederá a la citación (la mayoría de las ocasiones) de la persona trabajadora, para evaluarlo junto con los informes médicos aportados en la solicitud. EN esta revisión médica es muy importante poner de manifiesto al inspector médico nuestras limitaciones y las tareas que no podemos realizar en nuestra profesión habitual.
Después, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) o el Tribunal Médico evaluarán el caso y emitirán un dictamen de propuesta basado en la documentación presentada en la solicitud y el informe clínico.
Tras el dictamen del EVI, el INSS dictará una resolución expresa indicando si se concede o no la incapacidad permanente. Llegados a este punto, si el caso es favorable y conceden la incapacidad, también se determina el grado y la cuantía a percibir. Además, se especificará el plazo a partir del cual se puede solicitar una revisión por agravación o mejoría de la situación.
Si se da el caso de no estar conforme con la resolución emitida, se puede reclamar tanto por vía judicial como por vía administrativa. En este punto, es importante tener la documentación médica que respalde aquellos aspectos que quieras reclamar o impugnar para que el Tribunal Médico lo tenga en cuenta en su evaluación, dado que tendremos un plazo de 30 días hábiles para interponer recurso de Reclamación previa.
La cuantía de la pensión por incapacidad permanente
La cantidad a percibir varía según el grado que se conceda de incapacidad y de las circunstancias de cada solicitante. Aun así, existen cuantías mínimas a cobrar garantizadas por ley, pero también están sujetas a ciertos requisitos. Entre estos requisitos, por ejemplo, están la edad del solicitante, si tiene cargas familiares o si supera el límite de ingresos que establece la ley.
Para calcular la cuantía de la incapacidad permanente, se aplica un determinado porcentaje a la base reguladora. Dependiendo del grado de incapacidad, procederá un por centaje u otro.
Incapacidad permanente parcial: Indemnización equivalente a 24 mensualidades de la Base reguladora.
Incapacidad permanente total: 55% de la Base reguladora (75% a partir de 55 años, en caso de no trabajar).
Incapacidad permanente absoluta: 100% de la base reguladora
Gran invalidez: 100% de la base reguladora + complemente para remunerar a tercera persona.
En caso de enfermedad común o accidente no laboral, la prestación económica corre a cargo de la Seguridad Social. Por el contrario, si el origen de la incapacidad es un accidente laboral o una enfermedad profesional, la cuantía a pagar la abona la mutua correspondiente.
Si no estás de acuerdo con la resolución emitida, tienes la posibilidad de impugnarla tanto a nivel administrativo como judicial. Es importante contar con documentación médica sólida que respalde tus dolencias y limitaciones, lo cual aumentará las posibilidades de que el Tribunal Médico las tenga en cuenta en su evaluación.
En definitiva, la solicitud de incapacidad permanente es un proceso que requiere seguir una serie de pasos administrativos de manera rigurosa y detallada. Desde la reunión de la documentación necesaria hasta la presentación de la solicitud y la evaluación médica, cada etapa es fundamental para alcanzar un resultado satisfactorio.
Recuerda que contar con asesoramiento legal especializado puede ser de gran ayuda en este proceso. Si te encuentras en una situación de incapacidad laboral, no dudes en contactar con nosotros. En nuestro bufete somos especialistas en Derecho Laboral y, entre nuestros servicios, podremos asesorarte en lo que a la incapacidad permanente respecta.
Estaremos encantados de ayudarte en tu caso específico.
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