Preguntas frecuentes sobre el grado de discapacidad

Las dudas que más nos plantean quienes llegan al despacho sobre el grado de discapacidad, contestadas sin rodeos. Si la tuya no está, escríbenos y te la resolvemos.

Sobre el grado de discapacidad

¿Qué es el grado de discapacidad?

El reconocimiento oficial, en un porcentaje, de cómo tus problemas de salud limitan tu vida diaria. Lo valora el Centro de Valoración y Orientación (CVO) de la Junta con el baremo del RD 888/2022.

¿Desde qué porcentaje soy persona con discapacidad?

Desde el 33%. Ese umbral abre derechos fiscales, laborales, de acceso y de ayudas. Por debajo, legalmente no hay reconocimiento.

¿Es lo mismo que la incapacidad permanente?

No. La incapacidad permanente es una pensión de la Seguridad Social por no poder trabajar. El grado de discapacidad es un certificado con beneficios, tengas o no empleo. Son compatibles.

¿Quién decide mi grado?

El CVO de tu comunidad (en Andalucía, de la Junta; en la provincia de Sevilla, el CVO de Sevilla). Si no estás de acuerdo, se recurre ante el propio CVO y luego ante el Juzgado de lo Social.

Recurrir, plazos y honorarios

Me han denegado el grado o me han dado poco, ¿qué hago?

Recurrir. Cabe reclamación previa en 30 días hábiles y, si no rectifican, demanda ante el Juzgado de lo Social. La mayoría de casos bien preparados se revierten.

¿Qué plazo tengo para recurrir?

30 días hábiles desde la notificación para la reclamación previa. Es corto y no se recupera, así que conviene escribirnos cuanto antes.

¿Dónde se litiga el grado de discapacidad?

En la jurisdicción social (art. 2.o LRJS y art. 13 del RD 888/2022), no en la contencioso-administrativa. Es nuestra especialidad.

¿Cuánto cuesta ir a juicio?

En lo social, como norma, al ciudadano no se le imponen costas ni tasas. Antes de nada valoramos tu caso y te explicamos los honorarios con claridad, sin sorpresas.

Cómo trabajamos contigo

¿Atendéis solo en Sevilla?

No. Te atendemos en persona en nuestro despacho de Los Remedios y llevamos casos en los Juzgados de lo Social de Sevilla y España. Si vives fuera, la demanda se presenta donde vives o donde se dictó la resolución, y el resto lo hablamos por teléfono.

¿Cuánto tardáis en responder?

Menos de 24 horas laborables. Si escribes un viernes por la tarde o en festivo, te contestamos el siguiente día hábil.

¿Cómo empiezo?

Mándanos tu resolución del CVO y tus informes. La estudiamos y te decimos con franqueza si tu grado se ha quedado corto y cómo conseguir el que te corresponde.

¿Tienes más preguntas?

Cuéntanos tu caso y te respondemos con claridad. Sin compromiso y con respuesta rápida.