
Te levantas con la espalda como una tabla, no aguantas sentado más de media hora y cargar la compra ya es una odisea. Aun así, el CVO te ha dado un grado bajo, o ninguno. Con la columna pasa mucho: se mira la resonancia y se olvida a la persona. Te contamos qué cuenta de verdad en la valoración y cómo recurrir si te han dado menos de lo que te corresponde.
¿La hernia discal da grado de discapacidad?
Sí, cuando deja secuelas estables: dolor crónico, pérdida de movilidad, afectación de un nervio (radiculopatía) o una cirugía que fija vértebras (artrodesis). Una hernia que se resolvió con reposo y rehabilitación no suele dar grado. Una lumbalgia crónica con compresión de raíz nerviosa y tratamiento en la unidad del dolor, en cambio, sí puede darlo.
Lo mismo vale para otras patologías de la columna: discopatías en varios niveles, estenosis del canal, espondilitis, escoliosis importantes o fracturas vertebrales.
Qué valora el CVO en tu espalda
El baremo del RD 888/2022 parte de la deficiencia, es decir, cómo está tu columna y cómo funcionan tus nervios, y la ajusta según lo que te cuesta hacer en tu día a día, lo que te impide participar en la vida normal y las barreras de tu entorno. En la práctica se fija en:
- La movilidad de la columna y la rigidez.
- La afectación neurológica: pérdida de fuerza o de sensibilidad, reflejos, dolor que baja por la pierna o por el brazo.
- Los tratamientos y las cirugías: infiltraciones, radiofrecuencia, artrodesis, neuroestimulador.
- Lo que ya no puedes hacer: caminar un rato, estar de pie o sentado, agacharte, cargar peso, dormir del tirón.
Pruebas e informes que marcan la diferencia
- Resonancia magnética reciente, con el informe del radiólogo.
- Electromiograma si hay afectación de nervio: es la prueba que objetiva la radiculopatía.
- Informes de traumatología o neurocirugía y, si vas, de la unidad del dolor, con el tratamiento que llevas.
- Informe de rehabilitación con el balance articular y muscular.
- Si el dolor crónico te ha llevado a la ansiedad o a la depresión, los informes de salud mental: también suman.
Si tus informes son de la privada, llévalos tú: el CVO consulta lo que está en el SAS, pero no ve lo de fuera. Más detalles en qué informes médicos pesan de verdad.
Errores frecuentes
- Ir a la valoración en un día bueno y no explicar cómo son los malos.
- Aportar solo la resonancia, sin electromiograma ni informes del tratamiento del dolor.
- Olvidar patologías que se combinan: cervicales y lumbares a la vez, hombros, rodillas.
- Confundir el grado de discapacidad con la incapacidad permanente del INSS. Son vías distintas: aquí tienes las diferencias.
Cómo te ayudamos
- Leemos tu resolución junto a tus pruebas y te decimos si el grado está bien calculado.
- Te indicamos qué prueba falta y a quién pedírsela.
- Preparamos la reclamación previa y, si no rectifican, la demanda ante el Juzgado de lo Social.
- Llevamos casos en los Juzgados de lo Social de Sevilla y España.
¿Tu espalda te limita más de lo que dice la resolución?
Cuéntanos tu caso y te decimos qué margen hay. Sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje da una hernia discal?
No hay una cifra fija. Depende de las secuelas: movilidad, afectación del nervio, cirugías y cuánto te limita. Por eso dos hernias en el mismo nivel pueden acabar en grados muy distintos.
¿La artrodesis da grado de discapacidad?
Puede darlo, porque fija vértebras y reduce la movilidad para siempre. La clave es documentar bien cómo quedaste después de la operación: dolor, rigidez, fuerza y lo que ya no puedes hacer.
¿Cuenta el dolor crónico?
Sí, si está documentado: tratamiento en la unidad del dolor, medicación y su efecto en tu día a día. El dolor que solo cuentas en la cita pesa poco; el que consta en informes, mucho más.
¿Puedo recurrir si ya me valoraron?
Sí. Tienes 30 días hábiles para la reclamación previa y, si no rectifican, puedes demandar. Si has empeorado, cabe pedir la revisión pasados dos años, o antes si el cambio es sustancial y está acreditado.
Revisado por Alberto Benítez Sanabria, socio director. Última actualización: septiembre de 2026. Normativa: Real Decreto 888/2022 y Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.